23-Derecho humano:
2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación
3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una
4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y
2. La maternidad y la infancia tienen
•1. Toda persona tiene derecho al
trabajo, a la libre
elección de su trabajo, a condiciones equitativas y
satisfactorias de trabajo y a la protección contra el
desempleo.
2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación
alguna, a igual salario por trabajo
igual.
3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una
remuneración equitativa y
satisfactoria, que le asegure,
así como a su familia, una existencia conforme a
la
dignidad humana y que será completada, en caso
necesario, por cualesquiera
otros medios de
protección social.
4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y
a sindicarse para la
defensa de sus intereses.
24-Derecho humano:
•Toda persona tiene derecho al
descanso, al disfrute
del tiempo libre, a una limitación razonable de la
duración del trabajo y a vacaciones periódicas
pagadas.
25-Derechos humano:
•1. Toda persona tiene derecho a un
nivel de
vida adecuado que le asegure, así como a
su familia, la salud y el
bienestar, y en
especial la alimentación, el vestido, la
vivienda, la
asistencia médica y los servicios
sociales necesarios; tiene asimismo derecho
a
los seguros en caso de desempleo,
enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros
casos de pérdida de sus medios de
subsistencia por circunstancias
independientes de su voluntad.
2. La maternidad y la infancia tienen
derecho a cuidados y asistencia
especiales.
Todos los niños, nacidos de matrimonio o
fuera de matrimonio,
tienen derecho a igual
protección social.
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