21-Derecho humano
1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o
 por medio de representantes libremente escogidos.

2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las

 funciones públicas de su país.

3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad


 se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente

por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que

 garantice la libertad del voto.

22-DERECHO HUMANO

Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social,
 y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida 
cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los 
derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre 
desarrollo de su personalidad.



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